Canal de Denuncias Anónimo y Configurable
Un canal profesional para recibir reportes confidenciales de irregularidades. Configurable para Ley Karin, delitos económicos, ética corporativa y cualquier normativa que requiera un mecanismo formal de denuncia.
¿Por Qué un Canal de Denuncias Profesional?
Un canal de denuncias no es solo un buzón de quejas. Es un instrumento de gestión de riesgos que permite detectar irregularidades tempranamente, proteger al denunciante y generar evidencia de gestión activa ante reguladores. La Ley Karin lo exige, el MPD lo recomienda, y las mejores prácticas de gobierno corporativo lo consideran esencial.
Ley Karin (Ley 21.643)
Obligatorio para reportes de acoso laboral y sexual. Cubre anonimato, plazos legales (30 días hábiles de investigación, 3 días para medidas de resguardo) y documentación para la Dirección del Trabajo, incluyendo soporte para reporte SUSESO Anexo N°67.
MPD / Ley 20.393 y 21.595
Componente recomendado del Modelo de Prevención de Delitos. Canal para reportar cohecho, lavado de activos, delitos económicos y otros delitos del catálogo.
Protección de Datos
Canal para reportar incidentes de datos personales, brechas de seguridad y uso indebido de información. Preparado para la Ley 21.719 que entra en vigencia en diciembre de 2026, con flujos para derechos ARCO y notificación de brechas.
Ciberseguridad
Mecanismo para reportar incidentes de seguridad informática, phishing y vulnerabilidades detectadas.
Ética y Compliance
Canal general para conflictos de interés, fraude interno, incumplimiento de políticas y cualquier conducta irregular.
Ventajas del Canal Janus
Anonimato Real
Sin registro de IP, sin cookies de rastreo. El denunciante recibe un código único para dar seguimiento sin revelar su identidad.
Comunicación Bidireccional
El investigador puede solicitar información adicional al denunciante sin comprometer su anonimato. Comunicación segura integrada en la plataforma.
Flujos de Investigación
Derivación automática al responsable según la categoría del reporte. Plazos legales configurables con alertas de vencimiento.
Evidencia para Fiscalización
Registro de auditoría inmutable con marca temporal y cadena de custodia verificable (hash SHA-256 por evidencia). Documentación lista para auditorías externas, Dirección del Trabajo y tribunales.
Características del Canal
Reportes Anónimos
Código de seguimiento único sin vinculación a identidad. Arquitectura diseñada para que ni los administradores puedan rastrear al denunciante.
Comunicación Segura
Intercambio de mensajes entre denunciante e investigador preservando el anonimato completo.
Gestión de Casos
Asignación, priorización y seguimiento de cada denuncia con estados claros y registro de actividad.
Control de Plazos
Plazos legales configurables por normativa con alertas automáticas de vencimiento y escalamiento.
Reportes y Métricas
Informes de gestión con métricas de resolución, tiempos de respuesta y distribución por categoría.
Configuración por Normativa
Categorías, formularios y flujos configurables según la normativa aplicable: Ley Karin, MPD, datos personales u otra.
Reporte SUSESO Anexo N°67
Generación del informe Anexo N°67 de SUSESO al cierre de casos de Ley Karin, con los campos exigidos por la autoridad y el mismo sello de integridad del dossier (firma, marca de agua, QR y hash SHA-256).
Recusación Automática
El sistema impide asignar una denuncia al investigador que aparece nombrado en el reporte o al jefe directo del denunciante, evitando conflictos de interés en el origen.
Cadena de Custodia
Cada evidencia ingresada queda registrada con hash SHA-256, autor, fecha y bitácora de accesos. Verificable desde la interfaz para entregar a Dirección del Trabajo o tribunales.
Servicios y Add-ons Empresariales
Capacidades adicionales para organizaciones con requerimientos corporativos.
Inicio de Sesión Único (SSO)
Integración con proveedores OAuth2/OIDC corporativos para autenticar investigadores con las credenciales de la organización. Disponible como add-on empresarial.
Dominio Personalizado
Publicación del portal de denuncias en un dominio propio de la organización (por ejemplo, denuncias.suempresa.cl). Disponible bajo solicitud.
Acompañamiento en Derivación DT
Servicio profesional opcional: cuando la empresa opta por derivar la investigación, un operador de Janus prepara el expediente para la Dirección del Trabajo dentro del plazo de 3 días. No es automatización; es trabajo humano realizado por nuestro equipo.
Recepción por Voz
Canal telefónico con asistente automatizado, transcripción y derivación al expediente de la denuncia. Disponible bajo solicitud para implementaciones que lo requieran.
Casos de Uso
Trabajadora reporta acoso laboral de forma anónima con protección de Ley Karin
Empleado denuncia posible cohecho en contratación pública (MPD)
Colaborador reporta conflicto de interés de un directivo
Reporte anónimo de brecha de datos personales detectada internamente
Preguntas sobre el Canal de Denuncias
Un canal de denuncias es un mecanismo confidencial que la organización mantiene para que trabajadores, proveedores y terceros reporten conductas contrarias a la ley o al código interno. Su funcionamiento se rige principalmente por la Ley 21.643 (Ley Karin), la Ley 20.393 reformada por la Ley 21.595 (delitos económicos y responsabilidad penal de la persona jurídica) y la Ley 21.121 (probidad y prevención del cohecho).
Sí, para un conjunto creciente de obligaciones. Desde el 1 de agosto de 2024, la Ley 21.643 obliga a todo empleador — público o privado, sin importar tamaño — a habilitar un canal accesible y confidencial para denuncias de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. La Ley 20.393, reformada por la Ley 21.595 vigente desde septiembre de 2024, exige además un canal funcional dentro del Modelo de Prevención de Delitos para que la persona jurídica pueda invocar el eximente de responsabilidad penal.
Las principales son la Ley 21.643 (Ley Karin) para acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo; la Ley 20.393 y la Ley 21.595 para delitos económicos, cohecho, lavado de activos y delitos contra la libre competencia; la Ley 21.121 para administración desleal y soborno; y la Ley 19.628 — sustituida progresivamente por la Ley 21.719 desde diciembre de 2026 — para protección de datos personales y derechos ARCO.
Janus asigna un código de seguimiento aleatorio a cada denuncia y no registra IP, navegador ni metadatos identificatorios del denunciante. La arquitectura separa la identidad técnica del contenido del caso: ni los administradores ni el equipo de Janus pueden vincular un reporte a una persona específica a menos que el denunciante decida identificarse. El intercambio posterior con el investigador ocurre por el mismo código, manteniendo trazabilidad sin sacrificar confidencialidad.
El costo depende del tamaño de la organización, los módulos regulatorios activos (Ley Karin, MPD, datos personales, ciberseguridad) y el nivel de soporte requerido. Janus opera con modelos PYME, profesional y corporativo, y los términos se acuerdan caso a caso. Solicitar una conversación con el equipo comercial no compromete.
La ausencia de canal expone a la organización por tres frentes: (i) multas administrativas de la Dirección del Trabajo por incumplir la Ley Karin, escalonadas según tamaño y gravedad; (ii) pérdida del eximente de responsabilidad penal de la persona jurídica frente a delitos económicos, cohecho o lavado de activos — sin Modelo de Prevención efectivo no opera el atenuante de la Ley 20.393; y (iii) sanciones futuras de la Agencia Nacional de Protección de Datos cuando entre plenamente en vigencia el régimen de la Ley 21.719.
¿Necesita un Canal de Denuncias Profesional?
Implemente un canal anónimo y configurable en días, no meses
